Es el reconocimiento, por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), de un acuerdo adoptado en el seno de una organización interprofesional agroalimentaria, en este caso INPROVO, y destinada a financiar el coste de las actuaciones contempladas en la extensión de norma y previstos en la Ley 38/1994. Ese reconocimiento mediante la Orden ministerial APA/793/2020 ha sido publicado en el en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del viernes 14 de agosto 2020 mediante la Orden ministerial APA/793/2020.
El artículo 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, permite a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el establecimiento de una aportación económica –cuyo pago será obligatorio para todos los productores y operadores del sector o producto– destinada a financiar el coste de las actuaciones contempladas en la extensión de norma.